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Información de Tasas

Definición TEA

Tasa de interés Efectiva Activa (TEA): Es el costo total del crédito para el prestatario expresado en porcentaje anualizado, que incluye todos los cargos financieros que la entidad supervisada cobre el prestatario.

  • Fórmula TEA:
  • Donde:
    • i: tasa nominal anual
    • c: comisiones expresado en tanto por uno
    • PPI: Periodicidad del pago de intereses
    • Or: otros recargos expresado en tanto por uno

Ejemplo TEA

Definición TEAC

Tasa de interés Efectiva Activa al Cliente (TEAC): es la tasa de interés anual que iguala el valor presente de los flujos de los desembolsos con el valor presente de los flujos de servicio del crédito. El cálculo del valor presente debe considerar la existencia de períodos de tiempo inferiores a un año cuando así se requiera. En tal caso, la TEAC debe ser el resultado de multiplicar la tasa periódica por el número de períodos del año.

  • Fórmula TEAC:
  • Donde:
    • r:
    • TEAC
    • Dk: Montos de desembolsos parciales del crédito (m desembolsos)
    • qk: Número de períodos completos desde la fecha de la transacción del crédito hasta el desembolso k
    • ek: Fracción de período en el intérvalo de tiempo desde la transacción del crédito hasta el desembolso k
    • m: Número de desembolsos
    • Pj: Monto del pago j, incluye amortización intereses y otros cargos financieros
    • tj: Número de períodos completos desde la transacción del crédito hasta el pago j
    • fj: Fracción de período en el intérvalo de tiempo desde la transacción del crédito hasta el pago j
    • n: número de pagos

Definición TRE

Tasa de interés de Referencia (TRe): Es la Tasa de interés Efectiva Pasiva (TEP) promedio ponderada de los depósitos a plazo fijo considerando todos los plazos de las operaciones de estos depósitos del sistema bancario, correspondientes a la semana anterior a la fecha de contratación de la operación o de ajuste de la tasa variable, según corresponda. Esta tasa se obtiene considerando las tasas de interés de los depósitos a plazo fijo (DPF) del sistema bancario, en todos los plazos en que las operaciones sean pactadas durante los 28 días anteriores a la fecha de cierre de la semana de cálculo. La TRe para cada moneda es publicada semanalmente por el BCB y se considera vigente la última tasa publicada.

En el caso que una entidad supervisada deseara utilizar una tasa internacional como tasa de referencia, ésta debe ser la tasa de interés de un instrumento o mercado financiero extranjero correspondiente al día anterior a la fecha de transacción. Esta tasa necesariamente debe contar con cotizaciones diarias y estar disponible en las publicaciones del BCB, así como estar especificada en el contrato de la operación. Se condidera vigente la última tasa registrada por el BCB para cada plazo.

La TRe que publica el BCB está expresada con dos(2) decimales, debiéndose suprimir los dígitos después de la coma a partir del tercer dígito inclusive. Al segundo dígito se le debe sumar uno (1) en el caso de que el tercer dígito sea mayor o igual a cinco (5).


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